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LAS INFLUENCIAS BOLIVARIANAS EN EL PERÚ
Por: Nikolai O. G. Wilhelmi
Ch.
Investigador para la Comisión Andina de
Juristas
En estos días, el Congreso
del Perú ha aprobado la primera de las
dos votaciones necesarias para la reforma a la
Agencia Peruana de Cooperación Internacional
(APCI). De aprobarse este proyecto se vulneraría
gravemente la libertad de contratar y de asociarse.
Se plantea la evaluación administrativa
discrecional de los proyectos que las ONG realizan
tomando como referencia el Plan de Desarrollo
Nacional elaborado por el Gobierno de turno; la
obligatoriedad de participar en un registro de
cooperantes, un registro de receptores y un registro
de consultores; y la fiscalización contable
y de fines alcanzados.
Debemos recordar que el cooperante
es generalmente una agencia de cooperación
internacional (gubernamental o no) que mediante
un contrato acuerda entregar una cantidad de dinero
a cambio de que se realice un proyecto, que le
interesa la propia agencia de cooperación.
¿Por qué le interesa? Porque
cree que así contribuye a la buena imagen
de su país, porque es una agencia dedicada
a un problemática específica, por
que creen que así contribuyen al desarrollo
del país que recibe la cooperación,
etc.
Las ONG's son asociaciones civiles
sin fines de lucro; son personas que se han reunido
para promover o desarrollar una actividad sin
el interés personal de lucrar con ella.
Recibir donativos y presentar proyectos es una
de las formas que tienen para financiar estos
fines. ¿A alguien se le ocurriría
determinar si el club Melgar puede o no recibir
donativos internacionales para hacer una liga
de fútbol femenino infantil en Arequipa?
Eso es una cuestión entre el donante y
el receptor. El donante ha decidido gastar su
dinero en determinado rubro; el receptor ha demostrado
su idoneidad para ejecutar el proyecto.
Es cierto que realizan un fin social,
sin embargo la captación y administración
de dichos recursos es una cuestión de privados,
donde en cierta forma opera la ley del "mercado".
Si los cooperantes no están satisfechos
con los resultados de determinados programas,
o consideran que han sido robados, no volverán
a contratar con la ONG en cuestión. Para
ello durante la realización del proyecto
la cooperante realizará una supervisión
contable y programática que le permitirá
evaluar el éxito o fracaso del proyecto
encomendado. Tener éxito en este medio
es prueba de la capacidad para atraer fondos,
generar un impacto en área de desarrollo
y demostrar transparencia a los emisores de los
fondos.
La colaboración internacional
financia no solo programas sociales, sino temas
que a veces incomodan a los gobiernos o que preferirían
dejar olvidados en el desván, como la lucha
contra la corrupción y la pobreza, capacitación
de funcionarios, apoyar en temas de educación
sexual, la defensa de la ecología, los
derechos humanos, el debido proceso o poblaciones
vulnerables (indígenas, mujeres, minorías
raciales, jóvenes, migrantes etc).
En este sentido, su presencia muchas veces incomoda
a los gobiernos de turno y eso a hecho que gobiernos
como los dirigidos por Putín y Chávez
establezcan leyes similares. En estos países
pretenden controlar los fondos que reciben las
ONG, no tanto para administrarlos sino para dificultar
y desalentar el financiamiento e investigación
de intelectuales y profesionales con una opinión
independiente y critica. Es un tema político.
Es absurdo pretender imponer a las agencias de
cooperación los rubros en los cuales pueden
apoyar el desarrollo del país o ceñirse
al plan de un gobierno con el cual muchas veces
no comparten prioridades, enfoques o consideran
corrupto, ineficiente o autoritario. No se puede
indicarles con quien trabajar; estos millones
de dólares no son una cantidad que el gobierno
podrá canalizar sino que el país
dejara de recibir.
¿Qué lógica tiene obligar
o impedir a un privado a contratar sobre un fin
social? ¿Qué se pretende al determinar
con que ONG es bueno contratar y con cual no?
¿Qué diferencia hay entre una persona
que invierte para lucrar y la que invierte para
colaborar? ¿Es que acaso le vamos a poner
más trabas a los que vienen a colaborar
que a los que vienen a lucrar?
Las opiniones contenidas en este artículo
son de responsabilidad exclusiva del autor y no
reflejan necesariamente opiniones institucionales
de la Comisión Andina de Juristas (CAJ).
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