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JNE PRECISA SOBRE LA APLICACIÓN DE LA CUOTA
ELECTORAL DE GÉNERO
De acuerdo a las resoluciones del
Jurado Nacional de Elecciones publicadas
el día 14 de julio y 17 de julio, respectivamente,
se reconoce que la cuota tiene como objetivo la
integración de las mujeres en los cargos
electivos del Estado y se precisa la forma de
aplicación de este mecanismo de acción
afirmativa en materia política. La cuota
del 30% tanto para las listas de candidatos a
las elecciones municipales como para las elecciones
regionales, se aplica sólo a la relación
de candidatos a regidores municipales y para el
caso de los gobiernos regionales, a la relación
de candidatos a consejeros regionales titulares
y a consejeros regionales accesitarios, separadamente.
El JNE corrige así el criterio
aplicado en las pasadas elecciones municipales
y regionales del año 2002, por el que convalidó
la inscripción de listas que equivocadamente
habían incluido a la candidata a la alcaldía
dentro del cómputo del 30% y en el caso
de los gobiernos regionales, habían considerado
en el cómputo a la candidata a la presidencia
o a la vicepresidencia y en algunos casos incluso
se había realizado el cálculo sobre
la base de candidatos titulares y accesitarios
conjuntamente, situación que alertamos
y solicitamos en esa oportunidad la rectificación
del JNE.
Dada la cantidad de organizaciones
políticas que competirán en las
elecciones de noviembre de 2006, se reitera la
importancia de la información y orientación
no sólo a los partidos, movimientos y organizaciones
políticas locales, sino también
a los propios funcionarios del JNE a nivel nacional.
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