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REGLAMENTAN TRANSPORTE PÚBLICO ESPECIAL
EN VEHÍCULOS MENORES EN DISTRITO DE VÍCTOR
LARCO HERRERA
Mediante Ordenanza Municipal N°
009-2605-MDVLH se han establecido las disposiciones
generales para una adecuada prestación
del servicios público de transporte especial
de pasajeros en vehículos menores (3 ruedas
motorizados) dentro del Distrito de Víctor
Larco Herrera, habiéndose designado para
tal caso una comisión especial elabore
en el lapso de 15 días el reglamento de
la ordenanza municipal antes referida, debiendo
entrar en vigencia a partir del día siguiente
de su publicación en el diario oficial
de la región.
El presente reglamento establece las
normas para prestar el servicio público
de transporte especia] de pasajeros en vehículos
menores de tres ruedas motorizados en el distrito
de Víctor Larco Herrera, siendo la municipalidad
distrital la encargada de autorizar dicho servicio,
así como de aplicar las sanciones por infracción
al presente reglamento y las disposiciones complementarias
que dicte en ejercicio de su función reguladora
del servicio especial.
Moisés
Arias Quezada alcalde del distrito
de Víctor Larco aclaró que se debe
entender como vehículo menor al medio de
transporte motorizado de tres (03) ruedas, con
cilindro no mayor de 250 cc., con diseño
de fábrica especialmente acondicionado
para el transporte de personas cuya estructuras
y carrocerías cuentan con elementos de
protección al usuario debiendo la entidad
edil autorizar la licencia respectiva para realizar
su servicio dentro de la jurisdicción del
distrito debiendo el transportador ser mayor de
18 años con licencia de operación.
El burgomaestre dijo además
que serán muy rigurosos en la revisión
técnica del vehículo menor con la
finalidad de verificar, asientos, pintado, llantas
y motores en buen estado que permitan seguridad
en el traslado de pasajeros. Por su parte el Gerente
Municipal Julio Rosales
Medina manifestó que el plazo
de vigencia del permiso de operación será
de tres años renovable a solicitud de la
empresa interesada por periodos iguales la que
deberá ser presentada con una anticipación
de 30 días calendarios a su vencimiento,
de no presentar la solicitud dentro del plazo
señalado se entiende por renuncia al permiso
de operación.
Por su parte el director de la Dirección
de Servicios Sociales y Comunales ingeniero Luis
Toribio Murga dijo que a través
de la Dirección de Tránsito y Transportes
llevará un registro de los permisos de
operación, debiendo la municipalidad emitir
el permiso correspondiente en un plazo de 15 días
hábiles, contados a partir de la fecha
en que el solicitante cumpla con los requisitos
establecidos.
La empresa que solicite y obtenga
el permiso de operación, deberá
contar con un máximo de 10 unidades vehiculares
las que constituirán la flota que prestarán
el servicio debiéndose otorgar el permiso
a un máximo de tres(3) empresas a nivel
distrital.
INFRACCIONES Y
SANCIONES
El alcalde larquense dijo también
que serán severos en el cumplimiento de
las infracciones del Reglamento y que la trasgresión
de las disposiciones por acción u omisión,
serán sancionadas con multas no mayores
al 5% de la UIT vigente al momento del pago según
escala y en caso de reincidencia se sancionará
con la suspensión del servicio hasta por
30 días calendarios, según escala
de sanciones.
Finalmente Arias Quezada dijo que
las infracciones administrativas de reglamento
serán sancionadas por la dirección
de servicios públicos locales de la municipalidad
Distrital de Víctor Larco Herrera con intervención
de la Policía Nacional del Perú
siendo entre otras las sanciones por prestar el
servicio en zona no autorizadas, por prestar servicio
con vehículos de mal estado, por ocupar
paraderos no autorizados, por prestar servicios
sin tener permiso de operación o por estar
vencidos, por permitir el manejo de un vehículo
a un menor de edad, o por no contar los vehículos
con botiquín de primeros auxilios asi como
por no contar con parabrisas, por prestar el servicio
sin cuidar la buena apariencia y/o aseo personal,
por incurrir en maltrato físico, verbal
al pasajero o por manejar en estado de ebriedad.
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